Normativa

NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR
“CIRCULO MERCANTIL DE ALBOX”


ACCESO A LAS INSTALACIONES POR PARTE DEL PERSONAL NO SOCIO

  • Los socios podrán celebrar Comidas familiares y efemérides a las que podrán invitar a  no socios, debiéndoselo de comunicar al encargado de la Cafetería-Bar.

  • Los socios podrán invitar puntualmente a los servicios del Bar – Cafetería del Circulo Mercantil a no socios, que solo podrán acceder  a las instalaciones acompañados por dichos socios; dejando al buen juicio del socio el hecho de no abusar de este derecho, lo que se contempla con el objeto de no entorpecer sus relaciones o costumbres sociales, al tiempo que se estimula la actividad del Círculo.



  • La Junta Directiva podrá organizar actividades abiertas para todo el público (campeonatos, concursos, conferencias,…), actividades semiabiertas a las que se permita el acceso a personas no socias acompañadas de socios, o actividades cuya participación requiera de una cuota.


NORMAS DE CONDUCTA DE LOS SOCIOS

  • En todo momento los socios se comportarán con el debido respeto y decoro a las normas de uso establecidas por los Estatutos y normativa vigente del Circulo Mercantil.

  • Corresponde al encargado del Bar- Cafetería del Circulo Mercantil velar por el cumplimiento de dicha normativa.

  • Los socios se responsabilizarán del cumplimiento de la normativa por parte de sus invitados.

  • En caso de infracción de la normativa los socios lo pondrán en conocimiento de la Junta Directiva a través del encargado del Bar – Cafetería, el cual actuará y resolverá según las indicaciones recibidas. No corresponde al socio resolver dichas conductas inapropiadas.


  • El encargado del Bar- Cafetería del Circulo Mercantil pondrá en conocimiento de la Junta Directiva las infracciones que se comentan para resolverlas y aplicar la normativa vigente.  

CATEGORÍAS DE SOCIOS

  • Socio Numerario de pleno derecho.-
Estarán obligados al pago de la cuota de entrada, cuota ordinaria y extraordinaria y tendrán reconocido un Titulo por un valor nominal, que los convierte en socio acreedor de la entidad. Disponen de voz y voto en la Junta General de socios.

Los socios numerarios no residentes pagarán el 50% de la cuota ordinaria.

En casos especiales (viudas de socios, etc.) la Junta Directiva podrá reducir la cuota ordinaria al 50%.

  • Socio Usuario.- Estarán obligados al pago de la cuota ordinaria. Tendrán derecho al uso y disfrute de las instalaciones y actividades que organice la Asociación. No dispondrán del derecho a voto en la Junta General de Socios, aunque sí a voz.
Los socios usuario no residentes abonarán el 50% de la cuota ordinaria. Asimismo el socio usuario joven (menor de 40 años) abonará solo el 50% de la cuota ordinaria.

  • Socio Honorífico.-  Tendrán calidad de socios honoríficos todas aquellas personas que por sus relevantes servicios o desvelos a favor del municipio de Albox o de esta Asociación, las que la Junta General, a propuesta de la Junta Directiva, tenga a bien nombrar. Esta categoría de socios estará exenta del pago de toda clase de cuotas.




SECCIÓN CLUB DE FUMADORES

  • El Circulo Mercantil dispondrá de una sección Club de Fumadores al que pertenecerán los socios mayores de 18 años.

  • El local del Club de Fumadores dispondrá de una entrada independiente y estará separado del resto de las instalaciones del Circulo Mercantil.


  • A dicho local solo podrán acceder los socios del Club.

  • En la sede del Club de Fumadores queda prohibida la comercialización o compraventa de cualesquiera bienes o productos consumibles.